Subsanación de posibles deficiencias en las solicitudes o la omisión de alguno de los documentos preceptivos.
El plazo de dicha subsanaciones será del día 22 de octubre al 2 de noviembre inclusive, la documentación , se formalizarán mediante instancias dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente, y serán presentandas en el Registro General Municipal o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Juridico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común.
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