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MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DE LA ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y/O VÍAS PÚBLICAS Y DE LA RESERVA DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO Y PARA CARGA Y DESCARGA DE MERCANCIAS Y MATERIALES. Fase consulta participación ciudadana.

 

FASE DE CONSULTA PÚBLICA CIUDADANA. De conformidad con lo dispuesto en el art. 133 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza, se sustanciará una consulta pública a través del portal web del Ayuntamiento (con un plazo de 15 días a partir de su publicación en la web), en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  1. Problemas a solucionar:

La modificación de la Ordenanza la regulación del régimen jurídico aplicable al aprovechamiento especial del dominio público municipal mediante pasos de vehículos, su construcción y las características de su señalización y de sus elementos accesorios

La autorización de vado constituye un aprovechamiento común especial de las aceras y de las vías públicas, bienes de dominio y uso público local, que permite un uso intensivo para entrar y salir vehículos para actividades privadas, con modificación, en algunos casos, del dominio público para hacerlo acorde al referido uso.

  1. Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Se hace necesaria la modificación de esta ordenanza para dar solución a los problemas anteriores, y hacer que el cumplimiento de la misma por parte de la ciudadanía se normalice y se participe en el mantenimiento de la misma cuando se utiliza bienes o espacios de dominio público como aprovechamientos especiales.

  1. Objetivos de la norma.

Que se refleje en la normativa reguladora mediante ordenanza del municipio de Sant Joan d´Alacant, de la forma más sencilla posible para el entendimiento de la ciudadanía en general, y actualizar la misma de conformidad con los cambios y las casuísticas que se han ido detectando a lo largo de los años, y que con la actual regulación no es posible afrontar.

  1. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las Ordenanzas y Reglamentos Locales son las principales manifestaciones de la potestad normativa o reglamentaria de las Entidades Locales, se trata pues, de la única opción regulatoria de la que dispone el Ayuntamiento para el desarrollo normativo de las materias de referencia.

 

PROYECTO. Teniendo en cuenta las conclusiones de esta fase de consulta pública ciudadana, se elaborará por la Jefatura del Servicio de Servicios y Mantenimiento un proyecto de modificación de la ordenanza.

 

Se podrán presentar las propuestas, durante los 15 días posteriores a la publicación de este anuncio, a través de la Sede Electrónica (mediante una instancia general) o de forma presencial a través del Registro de Entrada de este Ayuntamiento (Plaza de L’Església, 2) en horario de 9:00 a 14:00.