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El gobierno ha publicado en BOE el real decreto-ley 11/2020 por el que, establece unas ayudas para paliar las dificultades que puedan experimentar los inquilinos afectados por la crisis del coronavirus en el pago de los alquileres.

Entre las medidas adoptadas dirigidas a familias y colectivos vulnerables referentes a vivienda están la suspensión de lanzamientos para hogares sin alternativa habitacional, la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, la moratoria de la deuda del pago de la renta de alquiler, la ampliación del plazo a tres meses de la deuda hipotecaria y el Programa de Ayudas al alquiler para minimizar el impacto económico social del COVID-19.

¿En qué consisten las ayudas?

En primer lugar una línea de avales del Estado sin gastos o intereses correspondientes a seis meses de renta a devolver en 6 años prorrogables a cuatro más. Otra opción si no se puede devolver el crédito son las ayudas directas que corresponderán al 100 % de la renta o al 100% del aval más intereses.

¿Quién puede pedirlas?

El inquilino que se quede en paro, esté afectado por un ERTE, o se haya reducido su jornada laboral y los autónomos que hayan visto reducidos sus ingresos. Otro de los requisitos es tener ingresos no superiores a 1,613 euros de forma general y para toda la unidad familiar. Este límite se incrementará dependiendo de otras circunstancias. También se debe cumplir con que sus gastos en suministros y alquiler deben ser superiores al 35% de los ingresos.

¿Qué pasos tengo que dar?

Se debe solicitar por escrito al propietario el aplazamiento del pago de la renta. Si el casero es un pequeño propietario (menos de 10 viviendas) y se niega, entonces puede solicitar un crédito por valor de 6 meses de renta y las ayudas directas si no pudiera devolverlo.

Para cualquier aclaración o consulta puede contactar con el Servicio Municipal de Vivienda del Ayuntamiento de Sant Joan d´Alacant en el teléfono 965939625 y en vivienda@personasyciudad.es .